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Revolución
indígena en Bolivia |
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Desde noviembre de 2007 en el programa seguimos de cerca el rol de los medios de comunicación bolivianos y de las antiguas elites conservadoras en la incitación a un conflicto civil en el país.
A finales de enero de 2008 fue presentada en Hamburgo la Nueva Constitución del Estado boliviano. SyP formó parte del debate que, encabezado por el embajador de Bolivia, tuvo lugar en el Museo de Antropología.
En nuestro programa del 07.02.08 entrevistamos sobre el tema de la Nueva Constitución del Estado al Embajador de la República de Bolivia, el Sr. Walter Prudencio Magne Veliz. (escucha la entrevista)
Introducción histórica: - Fracaso absoluto de la segunda presidencia de
Gonzalo Sanchez de Lozada 2002-2003 - levantamiento popular por venta
de Gas a Chile y EEUU; Carlos Mesa asume 2003-2005 transición
hasta las elecciones (intelectual independiente, carece de aparato partidario)
La Nueva Constitución es aprobada el 30.11.07
en Oruro por 165 de los 255 asambleístas (apenas por debajo de
los 2/3 requeridos), queda sujeta a la aprobación de un artículo
sobre la tierra en REFERENDUM POPULAR la llamada "la Media Luna", Santa Cruz, Beni, Pando, Cochabamba, Tarija, se rebelan contra el poder central, desconociendo la Nueva Constitución y convocando ilegalmente a consultas autonómicas
Puntos salientes de la Nueva Constución del Estado (NCE) Bienestar: - Art. 9 Garantiza entre otras cosas EL BIENESTAR y ACCESO A SALUD Y TRABAJO Alimento: El Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población. Servicios Básicos: Art 20 Es responsabilidad del Estado, en todos sus niveles de gobierno, la provisión de los servicios básicos (de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones).a través de entidades públicas, mixtas, cooperativas o comunitarias. Propiedad privada:
Art 52 IV. El patrimonio de las organizaciones empresariales, tangible
e intangible, es inviolable e inembargable. - Artículo 56 Propiedad de la tierra: Art 398 plantea la prohibición de los latifundios a partir de 5000 ó 10.000 hectáreas (sujeto a REFEREDUM POPULAR) Reelección: única (5 años) Autonomía departamental:
Artículo 276 Análisis: La división Este-Oeste (rica-pobre) coincide con una división étnica "blanco-indígena" del país. Los departamentos ricos (en hidrocarburos y en productos agrícolas de exportación), encabezados por el establishment político-económico tradicional se oponen a perder sus privilegios históricos. El nuevo mapa institucional establecido por la NCE modifica la base de poder del país, otorgándole mayor participación a la mayoría indígena. El ORIENTE no está de acuerdo en participar de la repartición de la renta con los sectores pobres mayoritarios en la forma establecida por la NCE (por ej. IMPUESTO DIRECTO A LOS HIDROCARBUROS) La exacerbación de las críticas indiscriminadas al gobierno de Evo Morales y el apoyo a los intentos autonómicos ilegales, irresponsable y salvajemente expuestas por la prensa escrita, están llevando al país a un enfrentamiento civil. La prensa internacional tampoco se hace eco de la situación como para generar presión en la opinión pública internacional. Calla de la misma forma que silencia los 14 años de autogestión exitosa de los indígenas Zapatistas en Chiapas. Por omisión, en el "mejor" de los casos, la prensa internacional es cómplice silenciosa de esta crónica de una guerra civil anunciada.
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